Declaración Responsable del SIF

Versión 1.0 — 22 de abril de 2026

Certificación mediante Declaración Responsable del productor del Sistema Informático de Facturación (SIF), conforme al artículo 13 del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (RRSIF), y a la Orden Ministerial HAC/1177/2024, de 17 de octubre.

Datos del productor

CampoValor
Nombre y apellidosAlberto Landeras Rivas
NIF72790491E
Domicilio fiscalC/ Luis Cernuda 26, local 4A, 26200 Haro (La Rioja)
CondiciónAutónomo — Productor de software de facturación

Datos del producto SIF

CampoValor
Nombre del softwareForjia
Id. Sistema Informático (IdSIF)01
Versión1.0
Tipo de SIFSaaS (Software as a Service)
ModalidadSOLO VERI*FACTU
TipoUsoPosibleSoloVERIFACTUS
URL del productohttps://getforjia.com

Declaración

D. Alberto Landeras Rivas, con NIF 72790491E, en calidad de productor del Sistema Informático de Facturación (SIF) denominado Forjia, versión 1.0, identificado con IdSIF 01,

DECLARA RESPONSABLEMENTE que el citado producto SIF, en su versión indicada, cumple con los requisitos establecidos en:

En particular, el SIF cumple con los siguientes requisitos:

Requisitos funcionales

  1. Generación de registros de facturación (RF). El SIF genera registros de facturación de alta y de anulación conforme al artículo 10 del RRSIF, incluyendo todos los campos obligatorios especificados en la OM.
  2. Encadenamiento (hash chain). Cada RF incluye una huella (hash SHA-256) calculada conforme a las especificaciones técnicas, encadenada con el RF inmediatamente anterior, garantizando la integridad y trazabilidad de la secuencia (art. 10.1.q y 10.1.r del RRSIF).
  3. Código QR tributario. Toda factura expedida incluye un código QR conforme a las especificaciones del RRSIF, que permite su verificación en la Sede Electrónica de la AEAT (art. 10.1.s del RRSIF).
  4. Remisión a la AEAT. El SIF remite los RF a la Sede Electrónica de la AEAT en la modalidad VERI*FACTU, de forma inmediata o sin demora apreciable tras la expedición de la factura (art. 12 del RRSIF).
  5. Inalterabilidad. Los registros de facturación son inmutables una vez generados. El SIF no permite la modificación ni eliminación de RF generados (art. 8 del RRSIF).
  6. Conservación. Aunque en modalidad VERI*FACTU la conservación no es obligatoria (los RF se conservan en la AEAT), el SIF conserva copia de los RF generados por funcionalidad.
  7. Numeración. El SIF garantiza la numeración secuencial de las facturas sin saltos ni duplicados. No se permite la reutilización de numeración (art. 5 del RRSIF).
  8. Verificación automática. Antes de generar cada nuevo RF, el SIF verifica que el último RF generado está correctamente encadenado y que la fecha/hora del nuevo RF no es anterior en más de un minuto al último (art. 7.i de la OM).

Requisitos del SIF como SaaS multi-tenant

  1. Visualización del obligado tributario. El SIF muestra en todo momento la identificación del obligado tributario (OEF) al que corresponde la operativa en curso (art. 2.d de la OM).
  2. Número de instalación único. Cada facturación (OEF) gestionada en el SIF tiene un número de instalación propio y único, que no se repite con ninguna otra instalación pasada, presente o futura (FAQ AEAT n.º 4).
  3. Indicador múltiples OT. El campo IndicadorMultiplesOT se informa correctamente en cada registro conforme a la FAQ AEAT n.º 4.

Identificación del SIF en cada registro de facturación

Cada registro de facturación generado por el SIF incluye el bloque SistemaInformatico con los siguientes datos:

CampoValor
NIF del productor72790491E
NombreRazonAlberto Landeras Rivas
NombreSistemaInformaticoForjia
IdSistemaInformatico01
Version1.0
NumeroInstalacion[Único por OEF, generado al alta]
TipoUsoPosibleSoloVerifactuS
IndicadorMultiplesOT[S/N según el OEF]

Fecha: 22 de abril de 2026
Lugar: Haro (La Rioja)

Alberto Landeras Rivas
NIF: 72790491E
Productor del SIF Forjia

Notas:

Esta declaración responsable se refiere exclusivamente a la modalidad VERI*FACTU del producto Forjia. Para las funcionalidades relativas al sistema TicketBAI (País Vasco), se emitirá una declaración responsable separada conforme a la normativa foral de cada Diputación. La presente declaración debe actualizarse con cada cambio de versión del SIF que afecte a las funcionalidades de facturación.

Normativa de referencia